Según la resolución que se dio a conocer hoy. El Ersep. En primer lugar ordena a la Cooperativa a facturar únicamente los ítem referente a la energía eléctrica.
La factura que emitirá la COSP deberá ser aprobada en un término de 30 días por el ente regulador.
La segunda medida es que la COSP solo podrá percibir siempre en concepto de energía los servicios públicos como alumbrado y semaforización.