RÍO TERCERO. FÚTBOL/ JUDICIAL. Los incidentes ocurridos a nivel nacional entre River y Boca, puso en agenda las responsabilidades de las organizaciones e instituciones deportivas, además de remarcar el debate sobre las responsabilidades que les cabe a los entes y federaciones deportivas. Y la función que le compete a la Justicia Ordinaria. El fallo en primera instancia de los Tribunales de la ciudad, sobre el caso judicial de García en contra de la Policía de Córdoba y de varias organizaciones deportivas puede generar una jurisprudencia que en el futuro afecte directamente a clubes a la hora de promover y/o estructurar un partido de fútbol.
Una falacia, que se plantea desde los medios es sobre la responsabilidad que tienen estas organizaciones a la hora de diagramar un partido de fútbol. ¿Y los ciudadanos no tienen culpabilidad, por ser partícipes de tumultos, de ílicitos dentro y fuera de la cancha? ¿Porqué la Justicia Ordinaria, no tiene celeridad y efectividad sobre los individuos?
Una historia. Un caso judicial que hay que prestarle atención. Un 8 de julio del año 2007, en la cancha de Vecinos Unidos se jugó un partido de fútbol, entre el equipo de primera local y el club Huracán de Tancacha.
Por aquellos tiempos, desde la organización se dispuso que la seguridad estuviera a cargo de 30 efectivos policiales, compuesta por dos brigadas de infantería de la policía de la Provincia de Córdoba (18 efectivos), además de una brigada de canes (6) y seis uniformados.
Incidentes en un partido de fútbol. El encuentro terminó con un gol de diferencia a favor del club Vecinos Unidos, con un penal cobrado por el juez principal a minutos del final, que según relatan los memoriosos, provocaron la ira de los hinchas visitantes.
Alrededor de las 18:30, una vez terminado el partido de fútbol, se dispuso la salida de la hinchada visitante sobre un portón ubicado sobre calle Rafael Obligado y Evaristo Carriego, donde allí se originó una pelea y un tumulto. En ese mismo momento, intervino la brigada de infantería, disparando balas de goma en contra de los manifestantes que provocaban disturbios.
Uno de los tantos disparos por parte del accionar policial, llegaron a Miguel Alejandro García (18) simpatizante y jugador por ese entonces de la reserva del club Huracán de Tancacha.
Se abre una etapa judicial contra la Provincia, el Municipio, el club Vecinos Unidos, la Liga de Fútbol y la AFA. Tras lo ocurrido, Miguel Alejandro García inició acciones legales en contra de las siguientes instituciones:
- al oficial policial que disparó los perdigones de goma
- en contra de la Policía de la Provincia de Córdoba por ser aquel miembro de ésta
- en contra de la Municipalidad de Río Tercero quien tiene el deber del ejercicio del poder de policía en eventos deportivos
- en contra del Club Vecinos Unidos de Río Tercero, por ser ésta entidad organizadora y responsable del evento en el que sucedió el hecho dañoso
- en contra de la Liga regional Riotercerense de fútbol, por ser responsable de la organización del torneo regional de fútbol y de los partidos que se realizan en ese marco y por la responsabilidad concerniente a la habilitación de las canchas
- en contra de la A.F.A. por ser responsable directa del seguro de espectador en este tipo de eventos
Según reza en el expediente judicial a García se le tuvo que realizar una electromiografía, dado que en su pierna le había quedado alojado cuatro proyectiles de goma… recibe la cantidad de once perdigones que contenía, entre otras cosas, vidrio molido. Además, en su pierna izquierda sufrió diez impactos y en la pierna derecha un impacto.
La sentencia judicial en Primeria Instancia fue el 3 de agosto pasado donde Miguel Alejandro García (28) consiguió la resolución favorable en contra del Superior Gobierno de la Provincia de Córdoba, el Club Vecinos Unidos Social y Deportivo de Río Tercero y la Liga Regional Riotercerense de Fútbol.
En tanto el fallo judicial liberó de responsabilidades a la Municipalidad de Río Tercero y la Asociación del Fútbol Argentino (AFA).
La particularidad de lo resuelto judicialmente, es que el demandante (García) deberá pagar las costas de los abogados que defendieron al Estado Muncipal y a la AFA. Honorarios que significaría unos 230 mil pesos a cada abogado. Unos 460 mil pesos en total.
Por su parte, el fallo que condena al Tribunal Superior de Córdoba, al club Vecinos Unidos y a la Liga de Fútbol ascendería a uno 600 mil pesos. Monto que se diviría entre las instituciones condenadas. Unos 200 mil cada institución. Al demandante García, sólo le quedaría la suma de 100 mil pesos.
Procesos judiciales pendiente. Tanto el abogado representante de la Liga Regional Riotercerense de Fútbol, el doctor Auka Barbero, como el abogado Javier Genesio defensor del club Vecinos Unidos, concuerdan que recusarán el fallo de la Justica en Primera Instancia, y que quedan varias defensas como la apelación en la Cámara Civil y Comercial de Río Tercero , luego si es necesario presentarán un recurso en Casación del Tribunal Superior de Justicia. Y por último, un extraordinario pedido al Tribunal Superior de Justicia de la Nación.
Por Justo Dagorret