RÍO TERCERO/ PRENSA DE DEPARTAMENTO POLICIAL INFORMA SOBRE LAS RESTRICCIONES Y PROHIBICIONES/ El domingo 12 de mayo, las elecciones a gobernador en la ciudad de Río Tercero tendrán ciertas prohibiciones a la comunidad. El departamento de Prensa de la Policía de Córdoba, seccional Río Tercero informa sobre el Código Electoral Córdoba.
Artículo 66. Prohibiciones: Desde cuarenta y ocho (48) horas antes de la iniciación de los comicios, quedan prohibidos los actos públicos de proselitismo.
Desde la cero horas (0:00 hs) del día de los comicios y hasta tres (3) horas inmediatas posteriores al cierre, queda prohibido:
- La exhibición, el depósito y la portación de armas, aún en este último caso a personas autorizadas para ello por autoridad competente, en los lugares donde se realizan los comicios y hasta una distancia de cien metros (100 m) del perímetro de aquéllos, a excepción del personal policial o de las fuerzas armadas o de seguridad asignado a la custodia del local donde se celebren los comicios;
- Los espectáculos al aire libre o en recintos cerrados, acontecimientos sociales, culturales, deportivos y toda otra clase de reunión pública que no se refiera al acto electoral y que no esté expresamente autorizada por autoridad competente;
- El expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas;
- Ofrecer o entregar a los electores facsímiles de Boletas Únicas de Sufragio;
- A los electores, el uso de banderas, divisas u otros distintivos;
- La apertura de organismos partidarios dentro de un radio de cien metros (100 m) del lugar en que se instalan mesas receptoras de votos. El Juzgado Electoral puede disponer el cierre transitorio de los locales que están en infracción a lo dispuesto precedentemente. No deben instalarse mesas receptoras a menos de cien metros (100 m) de la sede central en que se encuentre el domicilio legal de los partidos, alianzas o confederaciones políticas, y 7) La publicación y difusión de resultados de encuestas en boca de urna o similares.