ARGENTINA/ RÍO TERCERO/ PRINCIPALES MODIFICACIONES DEL PROYECTO DE LA NUEVA LEY DE ALQUILERES/ Ley de Alquileres: dudas sobre quién debe pagar comisiones y cuál será el impacto real en los precios.
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Luego de varios proyectos presentados y de algunos intentos que quedaron a mitad de camino, finalmente la Ley de Alquileres obtuvo esta semana media sanción en la Cámara de Diputados y se encamina a lograr la aprobación necesaria en la Cámara de Senadores. Sin embargo, comenzaron a surgir dudas sobre cómo afectará realmente a los precios que pagan los inquilinos y quién se hará cargo de algunos gastos asociados, como las comisiones inmobiliarias.
Aquí encontrarás cuales son los puntos más destacados las reformas que tiene el proyecto de Ley de Alquileres :
- Se sube el plazo de los contratos de alquiler con fines habitacionales: Pasan de 2 años (actual Código Civil y Comercial de la Nación) a 3 años.
- Sólo se podrá actualizar el precio del alquiler de manera anual, a través de un índice ponderado que elaborará el INDEC en base a la evolución de los índices de precios al consumidor (IPC) y el coeficiente de variación salarial (CVS), promediados en partes iguales. La actualización solo va a operar si existe una inflación superior al 10%, sino no podrá indexarse.
- Los impuestos que gravan la propiedad y las expensas extraordinarias estarán a exclusivo cargo del propietario.
- El depósito en garantía no deberá superar un mes de alquiler y será devuelto obligatoriamente cuando se hace la entrega de la llave al término del contrato. El monto a restituir será equivalente al del último mes abonado o el proporcional; es decir, actualizado.
- La rescisión del contrato por parte del inquilino pueda realizarse en cualquier momento y no a partir de los seis meses como era hasta ahora. Para ello el inquilino deberá pagar como multa el equivalente a un mes y medio de alquiler, si ejerce dicha opción durante el primer año, y un mes de alquiler, si se ejerce el segundo o tercer año.
- Las partes deberán acordar 60 días antes del término del contrato, si lo renovarán para un nuevo periodo o no. En caso de no renovarlo o no llegar a un acuerdo, el inquilino puede buscar otra propiedad y rescindir el vínculo (en esos 60 días restantes) sin pagar ninguna multa.
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Sobre la posibilidad de que la ley dispare el precio de los alquileres, Maximiliano Vittar, de Inquilinos Córdoba, aseguró que no existen motivos para que eso suceda. “Vemos que ante cualquier tipo de modificación se empieza a plantear el aumento de los alquileres y realmente no encontramos un justificativo de por qué se traslada al precio. Hoy estamos pagando lo máximo que podemos pagar. El 50 por ciento del sueldo de una persona se va en su vivienda; no se puede hacer más”, dijo el presidente de la entidad .
Para el sector inmobiliario la nueva normativa impactará de lleno sobre el mercado, aumentará el precio de los alquileres y restringirá la oferta de viviendas, acrecentando la crisis habitacional. “Lo peor le va a terminar tocando al inquilino. Cada vez que se quiso normar algo que se regula por el mercado termina impactando en los precios. El tema que no se puedan incluir los impuestos va a repercutir directamente en el costo del alquiler”, señaló Edgardo Calas, presidente de Yukón y tesorero del Colegio Inmobiliario de Córdoba.
El referente agregó que los costos se encarecerán también porque la comisión inmobiliaria se establecerá sobre un contrato de 36 meses y no de 24, como es ahora. A esto hay que sumarle la posibilidad de un impuesto por sellos más oneroso por ser un contrato tan extenso.
“En un cálculo ágil, con el proyecto le costaría un 40 por ciento más caro a una persona comenzar a alquilar”, dijo Calas.
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