RÍO TERCERO/ CAUSA AUKHA BUSTOS/ La Fiscalía de Primer Turno, que la tiene al frente de la repartición a la abogada Paula Bruera lleva adelante la causa donde el joven ciclista Aukha Bustos (13) falleció en diciembre pasado por ser atropellado por un automóvil que manejaba el policía Ezequiel Vidaurre .
El pasado 15 de enero el único imputado en la causa, el policía Ezequiel Vidaurre por homicidio culposo quedó en libertad, luego de que la Fiscal del caso dispusiera que el policía pueda esperar lo que resta del etapa instructora y el juicio sin ser privado de su libertad.
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Para la fiscalía la carátula sería Homicidio negligente o culposo o involuntario.
Así los confirmaron desde la misma Secretaría. Consultado a un abogado sobre el tema explayó: «Este delito para el Código Penal consiste en causar la muerte a una persona física por una acción negligente. En tanto, el homicidio negligente es un subtipo del homicidio, que puede causarse por negligencia o por dolo».
Si bien la pena que se impone al homicidio negligente varía entre los distintos ordenamientos jurídicos, suele ser siempre menor a la que se impone por el delito de homicidio doloso, entendiendo que la antijuridicidad de la acción es menor cuando el resultado se produce sin intención de causar daño. En algunos casos no hay ni siquiera juicio ni por tanto condena, explica un abogado.
Homicidio Culposo. Accidentes de Tránsito
Finalmente, en caso que Ezequiel Vidaurre sea condenado la pena por Homicidio culposo (simple y agravado) será con reclusión de un año a cinco años. Además de inhabilitación especial, por cinco a diez años el que por imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión o inobservancia de los reglamentos o de los deberes a su cargo, causare a otro la muerte.