RÍO TERCERO / ABOGADO MARCELO GUSTAVO PRADO / El conocido abogado riotercerense realizó una presentación ante la Justicia por el último DNU presidencial, que entre otras cosas prohibe las reuniones familiares en el Juzgado de Villa María. «Estamos ante un hecho absurdo e inconstitucional», declara Prado.
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“Esto es un avance contra la libertada de las familias, me pareció absolutamente irrazonable, hice una publicación que tuvo una gran repercusión y eso me obligo a avanzar y preparar una presentación judicial, que es una acción de amparo y ya veremos qué opina el Juez”, comenta
La Justicia está muy reacia a hacer lugar a las medidas cautelares por el tema pandemia, hay que dejar de lado la ideologización de la pandemia, se dice cuarentena o muerte, si nos remontamos al inicio cuando el Presidente tomo las primeras decisiones yo creo que el total de los argentinos lo apoyamos y estuvimos de acuerdo: era un virus nuevo, nadie estaba preparado, entonces Fernández tomó estas medidas para aplanar la curva y preparar toda la estructura sanitaria, ese era el objetivo concreto y no podíamos salirnos de eso, fundamenta el abogado.
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«Llega este DNU del Gobierno Nacional que dice que se prohíben las reuniones familiares, es decir la relación entre el mismo núcleo familiar, padres e hijos por ejemplo que no viven en la misma casa, familiares que viven solos y si incumplen están cometiendo un delito, o sea que es tan grande el avance, que a mi como amante de la libertad, no me quedo otra que reaccionar, impugnar y dejar sentado que no estamos de acuerdo una gran parte de la ciudadanía que no quiere permitir un avance sobre la libertad.
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Un Presidente tiene que respetar la división de poderes y no puede gobernar permanentemente con decretos, porque para eso esta el congreso, esta bien que hay momentos en que la propia constitución lo habilita a tomar medidas urgentes, pero luego deben validarse en el Congreso cosa que todavía no pasó.
El gran problema en este caso es que el Presidente actúa legislando, porque dice que no se pueden hacer reuniones familiares porque se considera un delito, por lo tanto esta legislando en materia penal, lo cual está vedado absolutamente, explica.
“Estamos ante un hecho absurdo e inconstitucional”. Para Prado, hay cuatro temas por los cuales el Presidente no puede actuar por medio de DNU que son: materia penal, tributaria, partidos políticos y ley electoral. “Acá se crea una figura delictiva o sea decidió en materia penal por DNU, el solo hecho de la visita a un familiar faculta a un Juez a decidir si hay delito o no.
Todo esto invade varios artículos constitucionales y se ataca el principio de la razonabilidad, todas las ramas del derecho tienen un tope y ese tope es nuestra constitución o sea que esta claro que este decreto de necesidad y urgencia de Alberto Fernández es inconstitucional porque no es razonable”.
Estamos ante un hecho absurdo e inconstitucional, nos podemos reunir con familiares en un bar y no en nuestra casa, se esta discriminando el hogar familiar con todo lo que eso conlleva y eso carece de toda razonabilidad
Estamos buscando que se deje sin efecto este DNU, al menos esta parte de prohibición de reuniones familiares, que se declare inconstitucional y que se suspenda la aplicación inmediatamente, concluye.