La flexibilización solo es para que puedan asistir al trabajo, para actividades sociales o familiares se mantiene la indicación de 10 días de aislamiento.
El borrador de esta resolución, que se publicará en el Boletín Oficial antes del lunes con el título de “Medidas excepcionales”, incluye en este marco a las actividades esenciales definidas en un sentido muy amplio. Ya se había adoptado una medida de este tipo para equipos de salud y fuerzas de seguridad, ahora se agregan: industrias, comercios de cercanía, supermercados, transporte público, servicios básicos, farmacias, actividades de limpieza y de cuidado de otras personas, entre muchas otras. Para sintetizar: sacando la educación y la administración pública, de receso, casi todo queda adentro.
La medida no incluye a quienes no estén vacunados o tengan un esquema incompleto: estas personas deberán seguir guardando un aislamiento laboral de 7 días, con tres días más de cuidados extremos.