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SENADO// SALUD PÚBLICA// El Senado convirtió en ley por unanimidad el proyecto de oncopediatría, que estipula cobertura económica y una serie de beneficios para las familias más vulnerables mientras dure el tratamiento de la enfermedad.
Sobre la iniciativa, que recibió 64 votos positivos, el miembro informante del oficialismo, Pablo Yedlin, detalló que «en Argentina aproximadamente 1.500 niños reciben por año el diagnóstico de cáncer», y agregó que «en los últimos 20 años la Argentina ha tenido cerca de 30 mil niños con cáncer».
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El presidente de la comisión de Salud indicó que el cáncer «se ha transformado en una patología con cada vez más esperanza» de vida a raíz de los adelantos en la medicina.
El Estado Nacional tendrá que otorgar una asistencia económica equivalente al monto de la Asignación Universal por Hijo con discapacidad a aquellos progenitores o representantes legales que se encuentren en situación de desempleo y no cuenten con ningún otro beneficio de carácter previsional, mientras dure el tratamiento según indicación médica.
La norma estipula cobertura económica y una serie de beneficios para familias de niños y adolescentes con cáncer durante el tratamiento de la enfermedad.
También se contempla el beneficio de estacionamiento prioritario en zonas reservadas y señalizadas y la gratuidad en la utilización del transporte público y transporte colectivo terrestre.
Cuando los menores de edad con cáncer deban trasladarse y permanecer junto a su grupo familiar a una distancia mayor a los 100 kilómetros de su lugar de residencia para recibir el tratamiento, el Instituto Nacional del Cáncer en coordinación con las respectivas jurisdicciones deberá procurar a la familia «el acceso a un subsidio habitacional que les permita facilitar y cubrir los gastos de locación de vivienda durante el plazo que dure el tratamiento».
Además, uno de los progenitores o representantes legales podrán gozar del derecho de licencias especiales para acompañar a sus hijos en los estudios, rehabilitaciones y tratamientos vinculados a la recuperación, «sin que ello fuera causal de pérdida de presentismo o despido de su fuente de trabajo».
«Durante la licencia, el/la trabajador/a percibirá de la Administración Nacional de la Seguridad Social, las asignaciones correspondientes y una suma igual a la retribución que le corresponda al período de licencia, de conformidad con las exigencias y demás requisitos que prevean las reglamentaciones respectivas», agrega el texto.