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Gabriela Brouwer de Koning propone endurecer las penas en los delitos rurales.

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ARGENTINA / LEGISLACIÓN /  La Diputada nacional Gabriela Brouwer de Koning, presentó un Proyecto de Ley a los fines de  modificar el Código Penal de la Nación. En el mismo, se propone la reforma del Artículo 184, agregando como circunstancia punible de 3 meses a 4 años de prisión, la de afectar una zona rural a los fines de perjudicar el sembrado, los granos de cereal acopiado y/o el ganado.

En el Proyecto de Ley presentado, la legisladora por el Bloque Evolución Radical argumenta, “…Ante varios hechos que han sucedido en los últimos tiempos, sumado a las declaraciones que hace el gobierno nacional generando odio hacia el sector, es que se propone la modificación,  que no pretende solamente referirse a lo punitivo y delictual, sino también a lo preventivo,  dando  un mensaje inequívoco a la sociedad, por medio del cual se entienda que cada vez que se agrede un cultivo, se rompe un silobolsa y/o se daña el ganado, se comete un delito contra la propiedad privada..”.

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En tal sentido, desde el equipo legal de la Diputada Brouwer, aseguran que no solo se perjudica al propietario como víctima directa, sino que estos actos vandálicos lastiman la cadena de producción y el mercado de nuestro país, es decir, a todos los argentinos, quienes resultan de manera indirecta perjudicados por el accionar ilegítimo de algunos sujetos.

El proyecto de ley se enmarca en una serie de acciones que la legisladora por Córdoba viene realizando, tal como la presentación de un pedido de informes acerca de la  Resolución Conjunta 4/2020. En la misma, se designó una comisión en la que un Grupo de Trabajo Sobre Seguridad Rural con representantes del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, del MINISTERIO DE SEGURIDAD y de las provincias deberían encargarse de:  a) Elaborar una guía con pautas para la actuación policial ante hechos vinculados a rotura de silo bolsas y/o sustracción de la producción agrícola; b) Evaluar la posibilidad de instrumentar mecanismos ágiles para la denuncia de los hechos de referencia; c) Efectuar el seguimiento de la información del Relevamiento estadístico sobre éstos, creado por el Artículo 2°, entre otros artículos.

“..Además de existir legislación y resoluciones vigentes, que el propio Gobierno Nacional alguna vez creó, pero parece haber olvidado, necesitamos que los comúnmente llamados “actos vandálicos”, estén enmarcados en la legislación pertinente como delitos graves…”, cerró la Diputada.

 

 

 

 

 

 

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