___________________________
RÍO TERCERO / JUDICIALES / CÁMARA DEL CRIMEN / En el día de hoy, se llevaron a cabo nuevas audiencias en la Cámara del Crimen, en la primera de ellas, en los autos en los autos “LÓPEZ, Gerardo Luis p.s.a. Daño y etc.”se llevó a cabo el juicio abreviado presidido por José Argüello, que contó con la asistencia en sala del secretario Leonardo Galanti, el imputado Gerardo Luis Lopez (43) con su defensor Carmelo Zucarello y el Prosecretario Esteban Bonfigli por la Fiscalía de Cámara.
Luego de escuchar el contenido del acuerdo por parte de la Fiscalía y la Defensa y el reconocimiento por parte del imputado, lo condenó a la pena de 3 años y 2 meses de prisión como Autor de Violación de Domicilio, Daño, Coacción Calificada y Amenazas por un hecho cometido en esta ciudad el 29-09-22 y en un contexto de Violencia de Género e Intrafamiliar.
PUBLICIDAD
Luego de ello, en los autos “MARQUEZ, Claudia Beatriz p.s.a. Desobediencia a la Autoridad”, se llevó a cabo la de Suspensión del Juicio a Prueba presidida por José Argüello, que contó con la asistencia en sala del secretario Leonardo Galanti, la imputada Claudia Beatriz Marquez (46) acompañada por su defensor Omar Pedraza y el Prosecretario Esteban Bonfigli por la Fiscalía de Cámara.
Escuchado el contenido de la petición fundada por la defensa y la opinión de la Fiscalía, el Tribunal dispuso conceder el beneficio solicitado por un hecho presuntamente ocurrido en esta ciudad el 13-02-23 y que fuera calificado por la instrucción como Desobediencia A la Autoridad.
Por último, en los autos “BARCO, Jonathan Simón y otros p.ss.aa. Lesiones Leves Calificadas y etc” se llevaron a cabo los últimos actos procesales (última palabra de los imputados, deliberación y sentencia) en el juicio presidido por Guarania Barbero, que contó con la asistencia en sala de la secretaria Claudia Franco, Jonathan Simón Barco (30) defendido por el Asesor Letrado (ad-hoc) Franco Garbarino, Marcelo Sebastián Olmedo (46), defendido por el Asesor Letrado Daniel Apóstolo Barbieri, y Débora Lisette Bustos (24) y Serena Agostina Olmos (20), defendidas por el Asesor Letrado (ad-hoc) Alberto Vieytez Monrroy y el Fiscal Gustavo Martin.
Luego de las actividades procesales mencionadas, el Tribunal dispuso absolver a Barco, Bustos y Olmedo por un hecho de fecha 14-12-21 supuestamente cometido en Santa Rosa y calificado como Incendio y a Olmedo por un hecho de fecha 13-12-21 calificado como Amenazas y presuntamente cometido en el mismo lugar y a “poateriori”, condenar a los enrostrados a las penas de:
– Jonathan Simón Barco 2 años y 6 meses de prisión como autor de Lesiones Leves Calificadas y Amenazas Calificadas por hechos cometidos el 12-12-21 y 14-12-21 en Santa Rosa;
– Marcelo Sebastián Olmedo 3 años de prisión como autor de Violación de Domicilio y Coacción por dos hechos de fechas 04-02-22 en Santa Rosa;
– Débora Lisette Bustos 5 años y 6 meses años de prisión como autora de Amenazas, Resistencia a la Autoridad y Robo Calificado por el Uso de Armas, por tres hechos cometidos en fechas 15-12-21 y 27-12-22, en Santa Rosa (el primero) y Villa General Belgrano (los otros dos);
– Serena Agostina Olmos 3 años y 6 meses de prisión como Partícipe Primaria de Robo Calificado por el Uso de Armas, por un hecho cometido el 27-12-22, en Villa General Belgrano.