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JUDICIALES / CÁMARA DEL CRIMEN / El día lunes 9 de abril del corriente año, se llevaron a cabo tres audiencias de juicio en la Cámara Criminal y Correccional de Río Tercero.
En los autos “BUSTOS, Mayco Joel p.s.a. Tenencia de Estupefacientes con fines de Comercialización”, se llevó a cabo el juicio presidido por el Vocal José Aguello, que contó con la asistencia en sala del Fiscal de Instrucción de Lucha contra el Narcotrafico Pizarro Luis, del Auxiliar Colaborador de Fiscalías de Cámaras, Esteban Bonfigli y el abogado defensor, Carmelo Zuccarello, resultando condenado Mayco Joel BUSTOS, a la pena de tres años de prisión en la forma de ejecución condicional, 45 UF de multa y tareas comunitarias por un hecho cometido con fecha 03-08-20 en la ciudad de Río Tercero.
En los autos “PROVENZIANI, Gabriel p.s.a. Lesiones Leves Calificadas, etc.”, se llevó a cabo el juicio presidido por el Vocal de Ramognino Marcelo, que contó con la asistencia en sala del Auxiliar Colaborador de Fiscalías de Cámaras, Esteban Bonfigli y el abogado defensor Dr. Vieytez Monroy Alberto, resultando condenando el imputado a la pena de dos años y ocho meses de prisión en la forma de ejecución condicional, continuando con la medida de restricción e impedimento de contacto, tratamiento psicológico y tareas comunitarias por 60 hs., ello, por un hecho cometido en el marco de Violencia Familiar con fecha 19 de enero de 2024 en la ciudad de Río Tercero.
Por último en los autos “C. A. L. Y OTRO PSA ABUSO SEXUAL, ETC” se llevó a cabo el juicio presidido por la Vocal de Barbero Becerra de Altamirano Guarania, que contó con la asistencia en sala de la Fiscal de Instrucción de Segunda Nominación Paula Bruera, Auxiliar Colaborador de Fiscalías de Cámaras Esteban Bonfigli y los abogados defensores, Arnoldt Marcos y Nuciforo Martin – respectivamente-, condenado a C.A.L. a la pena de tres años y seis meses de presión efectiva, como autor del delito de abuso sexual con acceso carnal con aprovechamiento de la inmadurez sexual de la víctima – tercer hecho – y para O.O.E. ue, por tres hechos acaecidos en Villa Ciudad Parque, como autor de los delitos de abuso sexual con acceso carnal con aprovechamiento de la inmadurez sexual de la víctima – primer hecho- , promoción y facilitación de la prostitución de menores calificada – segundo hecho- y abuso sexual con acceso carnal – cuarto hecho-.