La nueva ley de las Superintendencia de Riesgos de Trabajo (ART) para que se instale en cada una de las Circunscripciones Judiciales de la Provincia de Córdoba una oficina para atender principalmente a trabajadores a través de Comisiones Médicas.
UNIR ESFUERZO. La iniciativa surgió del Colegio de Abogados de la ciudad, a cargo de Fernando Damicelli, y con el apoyo de la Provincia, a través del Secretario de Asuntos Institucionales Juan Carlos Scotto y del intendente de la ciudad Alberto Martino.
Hoy en una reunión donde participaron los mencionados anteriormente junto al Ministro de Trabajo de la Provincia, Omar Sereno y también la secretaria de la Federación de Colegio de Abogados de la Provincia de Córdoba Silvana Zanineti y el concejal Alejandro Schwander resolvieron avanzar en la puesta en marcha de una comisión médica de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo en la ciudad.
El trabajo conjunto entre las instituciones permitirá al Gobierno de la Provincia elevar en los próximos días un pedido a la Superintendencia de Riesgos de Trabajo para que comiencen las gestiones para que este nuevo espacio se concrete en la ciudad.
El lugar para funcionar el organismo nacional, lo aportaría el municipio y el concurso para los responsables de las comisiones estaría en un meses.
PARA QUE SIRVE LA OFICINA. Hasta hoy, cuando un trabajador cubierto por una ART, debía realizar las auditorías médicas a la ciudad de Villa Maria. Ahora la oficina estaría en Río Tercero.
Eso les facilitaría la vida a todos los trabajadores que en el marco de la nueva ley y que tengan que someterse a una Comisión Médica, por ejemplo en un caso de juicio laboral o reclamo. Además el beneficio para los empresarios y a los profesionales del derecho y al Poder Judicial, que agilizaría los trámites con la ART, afirma Scotto.
Un vecino de Villa General Belgrano, para hacer el trámite a Villa María debía manejar muchos kilómteros, ahora con este espacio se resuelve, grafica un abogado.
QUÉ ES LA COMISIÓN MÈDICA. Las Comisiones Médicas son las entidades encargadas de:
- Resolver las diferencias entre las ART y los trabajadores damnificados, sobre el accidente laboral o enfermedad profesional, tanto en el porcentaje de incapacidad como en el tratamiento otorgado.
- Determinar la naturaleza laboral del accidente o enfermedad; el carácter y grado de incapacidad; el contenido y alcance de las prestaciones en especie.
- Homologar todos aquellos acuerdos presentados por las ART, firmados por el damnificado y la aseguradora, donde consta el porcentaje de incapacidad, siempre que el porcentaje sea menor al 66%.
- Visar una enfermedad preexistente detectada en el trabajador mediante la realización del examen preocupacional (inicia el trámite el empleador).
- Determinar la disminución de la capacidad laboral de los trabajadores incorporados en el Sistema de Seguridad Social.Las Comisiones Médicas realizan también la evaluación de otros beneficios previsionales como:
Ley N° 20.475 (minusválidos).
Ley N° 20.888 (ciegos).
Ley N° 24.347 (edad avanzada).