RÍO TERCERO / APREHENSIÓN – C.C.C. / En la madrugada de hoy, siendo las 02.30 horas, personal policial se constituye en calle J. Posee esquina Juan Álvarez debido a reiterados llamados por vecinos manifestando disturbios en las carpas de la comunidad Gitana.
Se observa a un masculino en la vía pública ofuscado e insultando a los vecinos y personal actuante, por lo que se procede a la aprehensión del causante, tratándose de un adolescente de 16 años de edad, el cual es trasladado al hospital provincial y a posteriormente a la Dependencia Policial p.s.i al Art 81 del Código de Conviviencia de la Provincia de Córdoba – LEY 10.326.
NOTA: El artículo 81 del Código de Convivencia Ciudadana de la Provincia de Córdoba establece sanciones para las personas que causen escándalos o molestias a terceros. Las sanciones pueden ser: Hasta seis días de trabajo comunitario, Hasta 12 Unidades de Multa (UM), Hasta tres días de arresto.