SEGURO DE AUTO / Fue publicado en el Boletín Oficial y que aplica en todo el país. El servicio de las aseguradoras estará cubierto solo en caso de robo, accidente, incendio o hurto. Qué hacer si se rompe el auto.
Las compañías de seguro ya no estarán obligadas a cubrir el servicio de grúa por desperfectos mecánicos, problemas con la batería, neumáticos o mecánica ligera. Así lo estableció el Gobierno a través de una resolución que se publicó el viernes en el Boletín Oficial a través de la Superintendencia de Salud de Seguros (SSS).
Lo publicado en el BO es una modificación de la cláusula “CG-CO 4.1. Gastos de Traslado y Estadía” y la derogación de la cláusula “CA-CO 15.1 Servicio de Remolques”.
En este contexto de recesión económica, la medida representa un severo golpe al bolsillo, ya que los asegurados que, ante el daño de su auto o moto, necesiten este servicio, deberán contratarlo de forma adicional, ya sea con la misma compañía de seguros o con un proveedor externo.