MENDOZA / Un decreto provincial no permite manejar vehículos con ojotas. Las multas van desde 700.000 a 1.100.000 pesos.
En Mendoza, un decreto provincial prohíbe manejar vehículos con ojotas o calzado inadecuado, según establece la ley provincial de tránsito.
El artículo 19, inciso C, del decreto 322 especifica que sólo se permite el uso de calzado anatómico con suela antideslizante, que garantice un correcto contacto con los pedales del vehículo.
Las sanciones van desde los 700.000 a 1.100.000 pesos, en caso de ser detenido con calzado inadecuado. La normativa considera como infracción grave la conducción descalzo o con ojotas y sólo se permiten ciertos calzados náuticos, que cuenten con un ajuste adecuado en el talón.
Respecto de los controles, en un puesto no hacen bajar del vehículo a los conductores, aunque se realizan verificaciones de documentación y condiciones del auto.
Sin embargo, si un conductor, al ser detenido, se observa que maneja con calzado no permitido, puede recibir una multa.
Además, el incumplimiento de esta normativa puede afectar la cobertura del seguro del vehículo. La ley provincial lo toma como una infracción.
Finalmente, es de mucha importancia informar a los turistas sobre esta regulación en Mendoza, especialmente durante la temporada de verano, cuando muchos visitan la región y podrían desconocer las restricciones sobre el calzado al conducir.