RÍO TERCERO/ PAMI/ Aclaran, sobre la condición de llevar la receta en papel o digital a las farmacias los beneficiarios del PAMI. Esta obra social dictó una resolución a través de la cual todos los tratamientos y afecciones crónicas que los pacientes tienen y sus renovaciones, que antes se realizaban en las oficinas del PAMI, previa presentación de un formulario que lo confecciona el médico de cabecera del paciente.
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Ahora, ese trámite se hace de forma automática, pero no implica que el afiliado no deba llevar la farmacia la receta prescripta por el médico de la medicación que habitualmente utiliza en estos planes crónicos.
LAS FARMACIA ACLARAN. Cuando se dirige a la farmacia en búsqueda de un medicamente, se necesita llevar la receta preimpresa que receta el médico de cabecera o se puede llevar un receta digital (el módico tiene el código de prescripción digital que le envía al paciente) acompañado por su carnet y DNI y de esa maneras la farmacia levantan la receta y la posterior autorización la web.
Los propietarios de las farmacias aclaran que en todos los casos, más allá que se agilizó la prescripción siempre es una condición que no se remplaza la receta médica, por razones obvias. Como por ejemplo para que no exista una automedicación del paciente.
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