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¿Qué pasa con los cheques rechazados?

ARGENTINA/ PANDEMIA DEL CORONAVIRUS/ ECONOMÍA/ Estiran plazo, habilitan segunda presentación y eliminan comisiones/ Lo informó el Banco Central en el marco de la cuarentena. Detalló tres nuevas medidas. El Banco Central habilitó la posibilidad de realizar una segunda presentación de cheques rechazados mientras dure la cuarentena, y aclaró que no se podrán cobrar comisiones a los clientes por ese motivo

A través de la Comunicación A 6950, la autoridad monetaria amplió en 30 días adicionales el plazo para la presentación de los cheques comunes o de pago diferido que finalice durante la vigencia de la cuarentena, y que hayan sido librados en la República Argentina o en el exterior.

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También, autorizó una segunda presentación para los cheques rechazados por causal «Sin fondos suficientes disponibles en cuenta» de acuerdo con las normas sobre el «Sistema Nacional de Pagos-Cheques y Otros Instrumentos Compensables».

Esta última decisión no es aplicable a los cheques generados por medios electrónicos o «Echeq». Asimismo, determinó que las entidades financieras no podrán aplicar comisiones a sus clientes relacionadas con el rechazo de cheques.

Por otra parte, el Banco Central prorrogó hasta el 12 de abril próximo la suspensión de las actuaciones sumariales cambiarias y financieras instruidas en los términos de las Leyes del Régimen Penal Cambiario y de Entidades Financieras. No obstante, aclaró que esa decisión se tomó sin perjuicio de la validez de los actos procesales que se cumplan en ese período, «por no ser necesaria en ellos la intervención de los encausados».

Asimismo, facultó a la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias para decidir qué casos necesitan resolverse con urgencia y encargar las actuaciones correspondientes en estas fechas.

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Con anterioridad, la autoridad monetaria había dispuesto declarar inhábiles los días 16 al 31 de marzo, y ahora declaró inhábiles del 1 al 12 de abril inclusive.

Esta nueva decisión del Directorio se enmarca en las medidas adoptadas por el Poder Ejecutivo Nacional (Decreto 325/2020) y por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que acordó prorrogar las actuaciones en trámite ante todos los tribunales que integran el Poder Judicial.

 

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