Por María Susana Bossa, abogada, notaria, especialista en previsión social. Mat. 10-477.
Es muy frecuente que al leer los recibos de haberes jubilatorios no se comprenda claramente cuáles son los conceptos que se están pagando y cuáles los que se están descontando.
Cuando hablamos de jubilación ordinaria, que es la más habitual, tenemos que saber que vamos a encontrar distintos conceptos que la componen:
- La P.B.U. (Prestación Básica Universal) que es una suma fija que tiene como finalidad brindar una prestación uniforme a todos los afiliados al Sistema Previsional Argentino (SIPA).
- La P.C. (Prestación Compensatoria) es la parte que se paga por los aportes jubilatorios efectuados al sistema con anterioridad al mes 06/1994.
- La P.A.P. (Prestación Adicional por Permanencia) es un componente que se abona por los aportes realizados con posterioridad al mes 07/1994.
Estos tres conceptos en conjunto, es decir PBU, PC y PAP son los que conforman lo que comúnmente denominamos Jubilación Ordinaria.
- Desde diciembre 2020 se suspendió la Ley de Movilidad 27.246 y se están abonando los aumentos por decreto del Poder Ejecutivo, cada tres meses. Y a esta movilidad la podemos leer en el recibo con el concepto: Suma Fija Decreto 163/2020.
- Y el descuento más común es el que realiza la Obra Social de Pami. En las jubilaciones mínimas es el 3% y cuando la jubilación es mayor, por el monto que excede de la mínima se descuenta el 6%.
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Los conceptos enunciados son los más comunes, pero también tenemos que tener presente que si nos afiliamos a alguna mutual, se efectuará el descuento correspondiente en el recibo de haberes.
Lo mismo si el jubilado percibe asignaciones familares, también va a estar detallado el pago dicho concepto.
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Cuando nos remitimos a la lectura de los recibos, en primer lugar están enunciados los ítems que se pagan y por último los descuentos.