POR CARLOS RÍOS, ABOGADO / NOTA DE OPINIÓN / En un artículo firmado por el abogado Gustavo Daniel Nievas publicado días atrás en este espacio, se realiza una crítica a las investigaciones judiciales que no permiten hacer justicia en los casos de famosos y poderosos.
Refiriéndose al ámbito local, cree que “el hecho más emblemático fue el ocurrido a fines del 2014″, cuando los policías Cristian Ahumada y Ezequiel Vidaurre, fueron absueltos de haber provocado la muerte de Mirta Selva y a su hijo Alejandro Villalón, incendiando la casa, donde ambos dormían.
Los policías – dice el autor – fueron absueltos y algunos sostuvieron que fue gracias a informes falsos, sobre las guardias que estos prestaban”.
He sido abogado defensor en ese juicio de Cristian Ahumada y entre las groserías que se dijeron a lo largo de ese proceso, jamás escuché algo semejante a lo sugerido por el Dr. Nievas: que alguien haya sostenido o insinuado que los informes sobre sus guardias fueran falsos.
Al contrario, lo absurdo de la acusación consistía, precisamente, en que era un hecho comprobado por la fiscalía y no controvertido por la investigación, que Ahumada estuvo toda esa madrugada de guardia en la sede policial al frente de la Plaza San Martín.
Claro está que la hipótesis de los acusadores era que este hombre en algún momento había abandonado ese puesto para ir a cometer el hecho. Y como no había prueba de eso, hacían una curiosa interpretación sobre las antenas de los celulares, cuya actividad les daba a entender que, en algún momento, Ahumada dejó la guardia. Eso lo decía la propia policía que influyó enormemente en la fiscalía, pero en la sala de audiencia se puso de manifiesto que esa interpretación era absurda e incompatible con el resto de la evidencia.
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Nunca se supo por qué la investigación se direccionó en contra de Ahumada y Vidaurre, pues no había un solo indicio que los señalara como sospechosos. Por eso fueron absueltos.
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Invito al Dr. Nievas, a quien no tengo el placer de conocer, a leer la sentencia pronunciada por un jurado popular unánime acompañado por el voto de los jueces técnicos.
Las formidables consideraciones allí efectuadas no dejan margen para afirmaciones como las que realiza en su artículo.
No hubo fallas técnicas, ni nulidades, ni informes falsos que justificaran la absolución, sino la inocencia manifiesta de estas personas puesta en crisis por un proceso inexplicable.
Entiendo que este no era el foco de atención del articulista y lo que dijo fue en el marco de una argumentación que tenía otro destino. Pero allí, en esa nota, aparece Ahumada, gratuitamente, con nombre y apellido.
Ciertamente, la libertad de opinión es sagrada y su ejercicio conlleva una enorme responsabilidad, máxime cuando con ella se puede afectar la tranquilidad de quienes padecieron una pesadilla atroz de la que fueron liberados, no ente gallos y medianoche, sino en un juicio oral y público por el fallo de los ciudadanos imparciales que lo juzgaron.
Esa responsabilidad exigía al Dr. Nievas conocer el caso antes de escribir ligeramente sobre el mismo refiriendo dichos que no se sabe de dónde provienen pues, de lo contrario, se vuelve a poner en duda, una y otra vez, ante la sociedad, sin razones plausibles, la inocencia judicialmente comprobada.
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