PROVINCIA DE CÓRDOBA / RESTRICCIONES A DISCOTECAS / Lo establece el DNU Nacional 1033/2020. Su habilitación infringe la ley vigente y quedará sujeta a las sanciones pertinentes. Las autoridades provinciales emanaron directrices a todas las departamentales de la provincia de Córdoba, para no realizar ningún tipo de acción preventiva en esos lugares.
El Gobierno de la Provincia de Córdoba, a través de la Fiscalía de Estado, hace saber que conforme el DNU 1033/2020 dictado por el Poder Ejecutivo Nacional, vigente desde hoy y hasta el próximo 31 de enero de 2021, está prohibida la realización de eventos culturales, sociales, recreativos o religiosos en espacios públicos al aire libre con concurrencia mayor a CIEN (100) personas.
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Con la medida del Gobierno provincial los intendentes y jefes comunales de la provincia quedaron sin poder contar con personal policial en el control de discotecas y boliches. ____
Al mismo tiempo, según el artículo ocho (8) de dicho decreto nacional, también están prohibidos los eventos culturales, sociales, recreativos, religiosos o familiares y actividades en general de más de VEINTE (20) personas en espacios cerrados.
Por consiguiente, queda establecido en el DNU, que las actividades relacionadas al rubro discotecas y boliches no están permitidas, y que su habilitación infringe la ley vigente y quedará sujeta a las sanciones que prevé la misma.
Cabe aclarar que se encuentra exceptuada de esta comunicación la actividad de teatros, con el protocolo correspondiente, y toda aquella habilitada con anterioridad.
Al mismo tiempo, están autorizadas las reuniones familiares de hasta 20 personas en espacios abiertos o cerrados por motivo de las fiestas de fin de año, y también los eventos sociales de hasta 100 personas en espacios públicos al aire libre.