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¡Exclusivo! Las nuevas disposiciones a partir del lunes. Conocé los detalles

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PROVINCIA DE CÓRDOBA / NUEVAS DISPOSICIONES / Los intendentes/as y Jefes/as Comunales que suscriben la presente acta, teniendo en cuenta lo dispuesto por el Gobierno Nacional y las recomendaciones realizadas por el COE Central para “coordinar acciones del actual sistema de comando de incidentes en el ámbito territorial”, se reúnieron en forma virtual con el objeto de unificar los criterios sanitarios en las distintas localidades de nuestra provincia, a fin de salvaguardar el adecuado funcionamiento de los sistemas sanitarios locales y resguardar la salud de sus poblaciones.

Los Municipios y/o Comunas firmantes tendrá que llevar adelante el control del cumplimiento de cada una de las disposiciones adoptadas por el término establecido, a través de las áreas de inspectoría, defensa civil y todas aquellas con competencia en el contralor y fiscalización de las actividades restringidas. En este punto se recalca  la necesidad de que el Gobierno Provincial a través de las fuerzas de seguridad policial, colaboren con el efectivo cumplimiento de las acciones de contralor.

 

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En el ámbito de todo el territorio provincial, los que suscriben la presente acuerdan implementar las siguientes medidas las cuales tendrán vigencia desde las 00:00hs. del día 31/05/2021 hasta el 11/06/2021 inclusive:

1) Queda restringida la circulación de las personas, salvo las habilitadas, entre las 20 hs. de un día y las 06 hs. del día siguiente. Para circular las personas deberán bajar un permiso a través de la APP CUIDAR del Gobierno Nacional.

2) Las actividades comerciales podrán desarrollarse, manteniendo los protocolos vigentes, en horario corrido, entre las 9 hs y las 19 hs. Igual horario regirá para la apertura y cierre de los shoppings. En estas instalaciones solo estará habilitada la actividad comercial. El patio de comidas podrá mantener la modalidad delivery y take away.

 

3) Los restaurantes y restobares podrán abrir manteniendo los protocolos vigentes, en el horario corrido hasta 19 hs. Las modalidades delivery y take away estarán habilitadas hasta las 23 hs.

4) Durante el periodo considerado se mantendrán las clases presenciales con los protocolos vigentes, para los niveles inicial, primario y educación especial.

El nivel secundario también retomará las clases presenciales a partir del día 31 de mayo, con las modalidades y protocolos vigentes hasta el viernes 21 de mayo, con excepción de aquellas localidades de más de 30 mil habitantes o que formen parte de un conglomerado urbano.

Las guarderías y salas maternales funcionarán normalmente en los horarios y con los protocolos establecidos previamente.

Toda otra actividad periescolar (danza, idiomas, teatro infantil, canto coral) diferente de la educación convencional, solo podrá realizarse en modalidad virtual o en su defecto, suspenderse cuando esta modalidad no resulte aplicable.

 

 

5) Están permitidas, dentro de los horarios establecidos, la construcción de propiedades privadas, manteniendo vigentes todas las normas de prevención.

6) Quedan suspendidas, durante el periodo consignado todo tipo de reunión social, en ambiente público o privado. Esto incluye, a modo de ejemplo, festejos de cumpleaños, bodas, nacimientos, bautismos, fechas conmemorativas, etc.

7) Se mantienen vigentes, sujetas a nuevos protocolos, las actividades religiosas de todos los credos reconocidos.

8) Se mantienen suspendidas todas las actividades de turismo grupal. Los hoteles, hosterías, y casas de alquiler, solo podrán recibir pasajeros con reserva individual.

 

 

9) Los salones de fiestas permanecerán cerrados durante el periodo consignado. Los restaurantes, restobares, etc. no podrán alquilar sus instalaciones para ningún tipo de reunión social.

10) Las reuniones familiares, de hasta 8 miembros, no convivientes, solo podrán hacerse en el periodo horario de libre circulación. En ningún caso después de las 19 hs.

11) Quedan suspendidas todas las prácticas deportivas y actividades recreativas grupales en ambientes cerrados, cuando el número de participantes sea mayor de 12 personas. No podrán durante este periodo programarse competencias federadas, amateur o exhibiciones de ningún tipo (salvo las regladas a nivel nacional).

 

 

Las actividades deportivo/ recreativas, individuales o grupales al aire libre, podrán realizarse, pero se mantendrán cerrados vestuarios o instalaciones donde puedan efectuarse reuniones grupales posteriores a la práctica. Si en la institución donde se practica el deporte recreativo, existiera un área de comidas (bar, resto bar, restaurante) solo podrá funcionar en el horario permitido y con los protocolos vigentes.

12) Regirá un nuevo protocolo para gimnasios y natatorios. Las instituciones de este sector deberán adecuar sus actividades, horarios y aforos a las nuevas normas de funcionamiento que establecerá la Agencia Córdoba Deportes.

 

 

 

 

 

 

 

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