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JUDICIALES / JUICIOS / En el día de se realizaron dos juicios abreviados en la Cámara Criminal y Correccional de Río Tercero. Más de 10 años de prisión por abusar a un riotercerense por abusar sexualmente a su sobrina. En tanto, en otra audiencia un joven de 28 años recibió dos años de prisión por el delito de robo.
En primer término, en los autos “N., M.A. p.s.a. Abuso Sexual con Acceso Carnal Reiterado, etc.”, se llevó a cabo el debate bajo la presidencia de Marcelo Ramognino, con la presencia en la sala de audiencias de la secretaria Claudia Franco, el defensor Federico Guerrieri, el Asesor Letrado Daniel Apóstolo Barbieri por la representación complementaria de la víctima menor de edad y el Fiscal Gustavo Martin, mientras que el imputado M.A.N. (50) lo hizo desde el establecimiento penitenciario.
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El Tribunal luego de escuchar la fundamentación del acuerdo por parte de la Fiscalía y la defensa y el reconocimiento del imputado, lo condenó a la pena de 10 años y 6 meses de prisión como autor de abuso sexual con acceso carnal y promoción a la corrupción de menor calificada por la menor edad de la víctima en Concurso Ideal Reiterado (2H) y Ocultamiento de Menor Sustraído o Fugado Reiterado (2H).
Los hechos ocurrieron entre octubre del 2020 y febrero del 2021 en esta ciudad y teniendo como víctima a su sobrina (y por su menor edad no se trasmiten los datos personales que puedan permitir individualizarla).
Posteriormente, en los autos “PIZARRO, Victor Hugo y ots. p.ss.aa. Robo y etc.”, se realizó la audiencia bajo la presidencia de Marcelo Ramognino, con la presencia en la sala de audiencias del secretario Leonardo Galanti, el imputado Claudio Marcelo Restivo (28), su defensor Daniel Apóstolo Barbieri y el Fiscal Gustavo Martin.
El Tribunal luego de escuchar la fundamentación del acuerdo por parte de la Fiscalía y la defensa y el reconocimiento del imputado, lo condenó a la pena de 2 años de prisión como autor y coautor de dos hechos de robo, ocurridos en esta ciudad en fechas 27-07-12 y 18-08-12.
En la causa ya habían sido condenados y/o beneficiados con la suspensión del juicio a prueba los demás coimputados, beneficio este que el propio (hoy) condenado había recibido y fuera revocado ante el incumplimiento de las condiciones impuestas, lo que obligó a la realización de un nuevo juicio.
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