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CONCEJO DELIBERANTE / MOVILIDAD / Finalmente llega la tan necesaria discusión legislativa al cuerpo del Concejo Deliberante de la ciudad de Río Tercero. Los ediles del oficialismo promueven regular monopatines y otros dispositivos eléctricos de movilidad personal.
La postal diaria en la ciudad de monopatines, motocicletas con movilidad eléctrica es una realidad, es por eso que la creación y regulación en la circulación por las calles de la ciudad de estas movilidades es una gran necesidad.
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Los dispositivos eléctricos de movilidad personal no están exentos de riesgos de lesión, de allí la importancia de establecer su marco regulatorio con miras a la prevención.
Que la disposición 480/20 sobre dispositivos eléctricos de movilidad personal y dictada por la Agencia Nacional de Seguridad Vial depende del Ministerio de Transporte de la Nación destaca reglas básicas: como las normas obligatorias como la edad permitida, entre otras cosas.
Para el proyecto se contempla esta movilidad eléctrica a rodantes que transitan entre 6 y 45 km/h, con una potencia máxima de 500 watts.
PRINCIPALES PUNTOS QUE SE PROPONEN
- La edad máxima para conducir en la calzada de la vía pública sería desde los 16 años.
- La velocidad máxima de 30 km/h
- Uso del casco protector
- Disponer de luz blanca delantera y una trasera roja
- No circular detrás de camiones
- Si circulan más de un rodado deberán hacerlo uno detrás de otro
- No circular por sitio destinado a peatones
- No circular con auriculares o utilizando el celular
- No circular con pasajero alguno, en monopatines