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RÍO TERCERO / Finalmente, en la fecha finalizó la audiencia en la Cámara Criminal y Correccional de Río Tercero, donde se juzgaba a la psicóloga Milena Pozo que había sido denunciada por una paciente a quien le había recetado aceite de cannabis. Fue encontrada culpable de comercialización de cannabis y de ejercer ilegalmente la medicina.
Luego en los autos “ALMEIDA, Nora Isabel y otros p.ss.aa. Comercialización de Estupefacientes Agravada y etc.”, finalizó el debate presidido por Marcelo Ramognino, con la presencia de la secretaria Claudia Franco, los imputados Nora Isabel Almeida (48), Leandro Alberto Flores (49), Flavia Milena Pozo (52) y Víctor Adrián Sandez (54) acompañados de su defensora Nadia Podsiadlo, la querellante particular y su abogado Yamil Mengo Becil y el Fiscal Gustavo Martin.
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En la audiencia de la fecha se escuchó la última palabra de los incoados y luego de la pertinente deliberación, el Tribunal dispuso absolver a Nora Isabel Almeida y Leandro Alberto Flores como supuestos Coautores de Comercialización Agravada de Estupefacientes y –en el caso de Almeida- también como Autora de Ejercicio Ilegal de la Medicina; también absolvió a Flavia Milena Pozo como Autora de Lesiones Leves; y condenó a ella y Víctor Adrián Sandez como Coautores de Comercialización de Estupefacientes y –en el caso de Pozo- también como Autora de Ejercicio Ilegal de la Medicina por hechos cometidos en Río Tercero y Almafuerte entre los primeros meses y noviembre del 2017, imponiéndoles la pena de 3 años de prisión en la forma de ejecución condicional y 90 UF de multa a Pozo y 2 años y 4 meses de prisión condicional y 60 UF de multa a Sandez.
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Para llegar a esos montos de pena, el Tribunal de Justicia declaró la inconstitucionalidad del mínimo de la pena de la comercialización de estupefacientes
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