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NOTA DE OPINIÓN / POR NITO RODRÍGUEZ / Las elecciones PASO, instituidas en nuestra localidad desde el año 2014, convirtieron a Río Tercero en la primera ciudad de la provincia de Córdoba en implementarlas. Formando parte del Código Electoral Municipal a través de la Ord. Nro. 3750/2014 y modificada por las Ord. Nro. 3796/2015 y Nro. 3817/2015, continúan siendo un invalorable sistema de representación democrática que afianza los derechos políticos contenidos dentro de los derechos humanos, optimizando la imagen política, que, a nuestros días, se encuentra tan alicaída.
Sería menester, quizás, para volver más eficiente el sistema, racionalizar sus gastos, en oportunidad de la utilización de ese instrumento, tal vez con un calendario electoral mejor organizado y bien coordinado, que asegurando los derechos de “elegir y ser elegidos“, sobrelleve a la mejor unificación de esta herramienta, con un consabido alivio económico.
En este sentido, es dable destacar, que al incorporarse la Boleta Única del sufragio mediante el título IX de la Ord. 3750/2014, además de lograr perfeccionar la claridad de la oferta y auspiciar una más justa equidad en la contienda, se alcanzó a minimizar el costo de la elección al disminuir el valor de la impresión, por la sustitución de las boletas partidarias por la boleta única de papel.
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«Las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorios – PASO- además de una conquista democrática, constituyen una forma de participación ciudadana que conlleva un principio de equidad, de transparencia y de igualdad de oportunidades, que a su vez permite enriquecer a los partidos políticos, reafirmando su autonomía e independencia.
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En toda elección local, por otra parte, es sumamente importante no dejar de lado las realidades territoriales, y en ese sentido, una norma como las PASO, colabora de manera efectiva, para evitar la imposición de candidaturas y/o alianzas que muchas veces se resuelven a nivel nacional y/o provincial, y que no contemplan en buena medida, las necesidades locales y proyectos a satisfacer que van incorporados en las distintas plataformas electorales, impidiendo a veces, su cabal realización.
Es por ello por lo que las PASO es la herramienta adecuada para que los habitantes puedan elegir a sus candidatos de una manera directa en las elecciones generales, donde personas idóneas logren de manera democrática acceder a los cargos políticos, y que, por otra parte, los electores no puedan verse presionados y estafados en su buena fe, por la imposición de candidatos sin proyectos ni ideas.
Es importante destacar que las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias no revisten en sí un carácter de “encuesta”, porque en diversos actos comiciales los votantes al evaluar y ponderar su participación resolvieron redireccionar su sufragio, en lo que se conoce como “transferencias de votos”, lo que deja en claro que las PASO no funcionan ni actúan prediciendo con un efecto “espejo”.
El porcentaje de participación por parte de la ciudadanía ha sido altamente satisfactorio y ha robustecido el acto comicial, pese a ser un mecanismo novedoso que tiene muy poco tiempo de aplicación. Lo razonable sería darle un tiempo más para medir mejor su efectividad en términos electorales, antes de decretar su eventual acepción temporaria.
Las PASO colaboran en ordenar un sistema de partidos que normalmente tiende a la fragmentación, llevándolo a un esquema de unificación. Al alcanzarse esa concentración, se mejora sustancialmente la representación política, afianzando la construcción de frentes electorales más competitivos y ordenando y clarificando la oferta para los votantes.
El piso electoral establecido en el art. 80º de la Ord. Nro. 3750/2014 C.D., que establece que solo podrán participar en las elecciones generales, las agrupaciones políticas que hayan obtenido como mínimo un total de votos, igual o superior al tres por ciento (3%), reduce el volumen de la oferta electoral al bajar los niveles de segmentación, facilitando un mejor discernimiento al votante en el momento de elegir en las generales, ya que al generar el sistema de las PASO una instancia previa, propicia la decantación de las candidaturas.
“Nito” Ramón Rodríguez. DNI 10.052.780