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RÍO TERCERO / Días atrás, desde el área de Tránsito de la Municipalidad se informó sobre el control en velocidad de vehículos en la ciudad. Consultado a varios funcionarios municipales sobre el tema, la conclusión es que hay mucha desinformación. Lo cierto es el Municipio está adherido a la Ley de Tránsito 8560 y su decreto reglamentario 1993/99, bajo ordenanza municipal 1896/00.
Para despejar dudas, la normativa vigente en la ciudad de Río Tercero es la siguiente:
- Límite de velocidad en calles: 40 km/h
- Límite de velocidad en avenidas: 60 km/h
- Límite en cercanía de las escuelas (horario escolar): 30 km/h
- Límite de velocidad en pasos a nivel: 20 km/h
NOTA: En todos los casos, si el cartel vial indica una velocidad menor, se respeta lo señalado en el cartel. Por ejemplo: si en avenida Savio la ley ordena transitar hasta 60 km/h y el cartel de máxima velocidad es de 40 km/h se deberá respetar el cartel de 40 km/h.
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