Así lo hizo a través del decreto 923/2017, publicado en el Boletín Oficial, basándose la norma 27.399 que “facultó al Poder Ejecutivo Nacional a fijar anualmente hasta tres días feriados o no laborables destinados a promover la actividad turística, que deberán coincidir con los días lunes o viernes”.
En ese marco, en la disposición de hoy, la Casa Rosada determinó que serán “días no laborables con fines turísticos” los días 30 de abril, 24 de diciembre y 31 de diciembre de 2018, que son tres lunes que anteceden al feriado por el Día del Trabajador, Navidad y Año Nuevo, respectivamente.
En tanto, para 2019 serán no laborables los días 8 de julio, 19 de agosto y 14 de octubre, también lunes pero en este caso que anteceden los feriados por el Día de la Independencia, Paso a la Inmortalidad del General San Martín y Día del Respeto por la Diversidad Cultural, respectivamente.
La norma que restableció los feriados puente fue promulgada por el Gobierno el 18 de octubre tras ser sancionada en septiembre por el Parlamento.
A través de esa ley, recuerda el decreto publicado hoy, también “se determinó que los feriados nacionales trasladables allí previstos, cuyas fechas coincidan con los días martes y miércoles serán trasladados al día lunes anterior, y los que coincidan con los días jueves y viernes, al día lunes siguiente”.