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NACIONAL / El Senado la aprobó el pasado jueves. La reconoce como parte de la identidad lingüística y herencia cultural de las personas sordas y garantiza su participación e inclusión plena.
El Senado aprobó y convirtió en Ley, un proyecto venido en revisión de la Cámara de Diputados, que reconoce a la Lengua de Señas Argentina (LSA) como lengua natural y originaria en todo el territorio nacional y destaca la importancia de su preservación y difusión, como parte del patrimonio lingüístico y cultural.
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De este modo se reconoce la LSA como una lengua natural y originaria, que conforma un legado histórico inmaterial como parte de la identidad lingüística y la herencia cultural de las personas sordas. Además, garantiza su participación e inclusión plena, como así también de las personas que, por cualquier motivo, elijan comunicarse en ella.
La presidente de la Comisión de Población y Desarrollo Humano del Senado, la opositora santacruceña María Belén Tapia, dijo que «esta ley representa un hito en el complejo proceso de ampliación de derechos de esta comunidad».
«Esta es una ley que de ninguna manera constituye el final de este proceso de inclusión. Es un punto de partido para conseguir lo mucho que todavía falta», sentenció.
¿Qué establece la Ley de LSA?
- Reconoce a la Lengua de Señas como aquella que se transmite en la modalidad viso espacial y explica que posee una estructura gramatical completa, compleja y distinta del castellano.
- Establece que serán organismos de legítima consulta sobre la LSA aquellas organizaciones constituidas íntegramente por personas sordas que las representen en todo el territorio de la República Argentina y que se encuentren oficialmente constituidas e inscriptas con reconocimiento de los Estados nacional, provincial y municipal.
- Faculta al Gobierno Nacional a fomentar el uso de la LSA de todas las personas que, por cualquier motivo, elijan comunicarse en dicha lengua, con el objetivo de tener una accesibilidad efectiva y plena a la vida social
- Elimina barreras comunicacionales y actitudinales, a fin de facilitar el acceso a la comunicación e información.
- Garantiza la participación e inclusión plena y efectiva en la sociedad de las personas sordas, así como de las personas que por cualquier motivo elijan comunicarse en dicha lengua.