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JUDICIALES / En el día de ayer, se realizó un juicio en la Cámara Criminal y Correccional de Río Tercero donde Javier Alejandro Godoy fue condenado a 18 años de prisión como autor de Lesiones Leves Calificadas, Amenazas, Homicidio Simple y Hurto Calificado por tres hechos cometidos el 16-05-22 en esta ciudad (los dos primeros en un contexto de Violencia de Género e Intrafamiliar) y el 09-05-22 (el tercero) en Villa Rumipal, contra quién era su empleador en su momento: Hugo Argüello (59), un vecino de Villa Ascasubi.
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EL JUICIO: En la audiencia, el Ojo Web tuvo presente, y se pudo observar las distintas posturas sobre lo que ocurrió esa fatídica noche. El Fiscal de Cámara: Gustavo Martin expuso: «El imputado reconoció los hechos, «fue una discusión de menor a mayor». Un momento tenso en la sala se observó cuando el Fiscal habló sobre que Godoy, luego de golpearlo con un palo y caja de cerámicos en la cabeza.. «le prendió fuego a Hugo y él estaba con vida»…
EL ABOGADO DE LA QUERELLA CONTUNDENTE. En plena audiencia, el abogado Alejandro Schulga, realizó una demostración ante el Jurado Popular y los Vocales de Cámara, donde levantó una pesada caja de porcelanato de unos 30 kg. de peso y la dejó caer en su escritorio, donde allí pudo demostrar que ese elemento pegó en el cráneo de Argüello por parte de Godoy.
«La noche del 9 de mayo del 2022, Hugo estaba acostado y a punto de dormirse y luego encontró la muerte por parte de su empleado, donde le reventó la cabeza con la caja de cerámica y luego le clavó en el cuello un palo. Como si eso fuese poco lo roció con nafta y kerosene y le prendió fuego».
LA DEFENSA DEL IMPUTADO. Para el Asesor Letrado Alfredo Brouwer de Koning del acusado, Javier Alejandro Godoy no tuvo intención de matarlo, lo muestra que hubo una confesión del imputado, fue una pelea que terminó en muerte».
POR JUSTO DAGORRET / OPINIÓN / En más de un año, la Justicia pudo resolver una crimen, ante la atenta mirada de una sociedad que reclama justicia. Hay que destacar la celeridad de la oficina de la Fiscal de Instrucción, Paula Buera, las garantías procesales del Fiscal de Cámara: Gustavo Martín, como así la decisión de llevar a cabo el juicio por parte de los jueces Ramognino, Barbero y Argüello y de la participación clave en este proceso, como es la decisión del Jurado Popular.
En ese sentido, la conformación del Jurado Popular es integrado por mujeres y hombres comunes, que mostraron en su veredicto (por unanimidad) estar del lado de las víctimas, principalmente de la familia del albañil Argüello.
El Jurado Popular pudo ver y sentir el dolor que causa una pérdida humana, en este caso de un hombre que después de trabajar y una posterior pelea con su empleado es golpeado y luego quemado hasta encontrar la muerte por parte de Godoy.
La sociedad debe seguir mostrando actos de justicia como estos; que si alguien comete un error como es causar la muerte de una persona intencionalmente, el Código Penal prevé una pena.
Finalmente, decir que la Justicia debe seguir garantizando, no solamente los derechos de las víctimas, sino además de la parte acusada, como fue en este caso y por supuesto mostrar un castigo acorde a cada hecho en particular, como es el caso de un trabajador, que encontró la muerte, sin un motivo trascendente, por el solo hecho de haber estado en un momento equivocado.
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