CIUDAD DE CÓRDOBA / Hoy, seguieron las reuniones en la Secretario de Trabajo, en la ciudad de Córdoba. ( LA SECRETARIA DE TRABAJO DE LA PROVINCIA DE CORDOBA DECLARA INEFICACES LOS DESPIDOS EN PETROQUIMICA RIO TERCERO SA.
La Secretaria de Trabajo de la Provincia de Córdoba procedió a declarar ineficaces los despidos y dispensas efectuadas al personal de la Empresa PETROQUIMICA RIO TERCERO SA, al determinar que los actos decisorios de la compañía omitieron el cumplimiento de los trámites previos obligatorios enmarcados en el procedimiento preventivo de crisis de empresa regulado por la Ley 24.013.
NOTAS RELACIONADAS
Dichas instancias administrativas, son de aplicación obligatoria para los casos en que las empresas invocan razones de naturaleza económica, fuerza mayor, innovación tecnológica y/o reestructuración empresarial con el objeto de suspender, despedir o reducir jornadas.
La decisión de la Cartera Laboral impone a la empresa la obligación de retractar los despidos y suspensiones producidas por la empleadora en el marco de la decisión de levantar la producción del Diisocianato de Tolueno (TDI).
Petroquímica Rio Tercero SA debe reestablecer la actividad con su personal, del mismo modo que tiene la obligación de abonar los salarios caídos de los dependientes comprendidos en las medidas que asciende a un aproximado de trescientos cincuenta trabajadores, convencionados y fuera de convenio.
El personal de la planta química riotercerense está representado por el Sindicato del Personal de la Industria Química y Petroquímica de Rio Tercero que viene participando activamente en el conflicto.
NOTAS RELACIONADAS
MALESTAR EN LA DELEGACIÓN DE TRABAJO PROVINCIAL
La decisión se toma luego de que la empresa produjera 125 despidos y suspendiera a la totalidad del personal a partir del pasado 9 de octubre del cte año, momento en que comenzaron a enviarse las comunicaciones epistolares anunciado las desvinculaciones y las dispensas, pese a encontrarse vigente un acuerdo de suspensiones por una parada técnica motivada por el recambio de un transformador.
El citado acuerdo fue celebrado entre la compañía y la entidad sindical con vigencia desde el día 30 de setiembre hasta el 13 de octubre de cte año inclusive que fuera homologado por la Cartera Laboral.
Ante estas circunstancias la Titular de la Delegación Rio Tercero de la Autoridad Administrativa Laboral, abogada Romina Carezzano tomó intervención, generando las intimaciones previas con el objeto de retrotraer las medidas bajo el apercibimiento de declararlas nulas e ineficaces, ante el eventual incumplimiento empresario.
Ante la falta de acatamiento por parte PETROQUIMICA RIO TERCERO SA de las intimaciones referidas, la Secretaria de Trabajo dictó el instrumento que declara la nulidad de los despidos y de las suspensiones.
Allegados a la Autoridad Provincial dan cuenta que la decisión empresaria provocó un profundo malestar en las máximas autoridades de la Cartera de Trabajo. En dicho organismo consideran que se trata de una conducta errática y de mala fe negocial por parte de la patronal, de marcado desinterés en el cumplimiento del marco legal aplicable.
No obstante las autoridades provinciales esperan una respuesta activa favorable por parte de la Compañía como modo de restablecer la actividad productiva de la planta que hoy se encuentra resentida, en el diálogo y la negociación en un contexto de paz social y laboral.