Veda electoral 2025

ACTUALIDAD/ EN LA NACIÓN/ La veda comenzó el viernes 24 de octubre de 2025 a las 8:00 horas y se extenderá hasta tres horas después del cierre de los comicios, es decir, hasta el domingo 26 de octubre a las 21:00 horas.
El Código Nacional Electoral (CNE) establece una serie de prohibiciones que aplican a partir del inicio de la veda, y algunas restricciones específicas durante el día de la elección:

Desde el Inicio de la Veda (Viernes 24 a las 8:00 hs)
- Actos de Proselitismo:
- Realizar actos públicos de proselitismo.
- Publicar o difundir encuestas y sondeos preelectorales.
- Propaganda Partidaria:
- La emisión de propaganda en medios televisivos, radiales, gráficos, virtuales y digitales. (Aunque la aplicación en redes sociales es un tema de debate y difícil control).
- Locales Partidarios:
- La apertura de locales partidarios dentro de un radio de 80 metros del lugar donde se instalen mesas receptoras de votos.
Prohibiciones Específicas del Fin de Semana
- Venta de Bebidas Alcohólicas («Ley Seca»):
- Está prohibido el expendio de bebidas alcohólicas (bares, restaurantes, supermercados, almacenes) desde 12 horas antes del inicio de los comicios (Sábado 25 a las 20:00 hs) y hasta 3 horas después de finalizada la jornada electoral (Domingo 26 a las 21:00 hs).
- Espectáculos y Reuniones Públicas:
- Espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral. Esto rige durante el desarrollo de los comicios.

Prohibiciones Durante el Desarrollo de los Comicios (Domingo)
- En la Vía Pública:
- Portar armas, o usar banderas, divisas o distintivos que hagan referencia a partidos políticos, por parte de los electores.
- Cerca de las Mesas de Votación:
- Reuniones de electores o depósito de armas en inmuebles que se encuentren dentro de un radio de 80 metros alrededor de una mesa de votación.
- Entrega de boletas de sufragios (o cualquier otro material de campaña) a los electores, dentro de los 80 metros de las mesas receptoras de votos.
- Difusión de Resultados:
- Publicar o difundir encuestas, sondeos o proyecciones sobre el resultado de la elección hasta las 21:00 hs.

La violación a las prohibiciones de la veda electoral puede acarrear sanciones. Por ejemplo, la venta de bebidas alcohólicas en el horario prohibido puede ser sancionada con prisión de quince días a seis meses. Otras violaciones pueden implicar prisión de hasta 15 días o multas, según lo establece el CNE.



