Vecinos de barrio Aeronáutico piden respetar las zonas de resguardo para fumigaciones

Casas particulares, que colindan con los campos productivos

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AMBIENTE / FUMIGACIONES / Vecinos de barrio Aeronáutico en alerta por fumigación inminente: exigen el cumplimiento de la Ordenanza Municipal 

Río Tercero. Residentes de barrio Aeronáutico de Río Tercero han manifestado su profunda preocupación y disconformidad ante la posible realización de una fumigación con agroquímicos en campos colindantes a sus viviendas que, según denuncian, no cumplen con la normativa municipal vigente.

La situación se centra en el incumplimiento de una Ordenanza municipal (Nº 4282/2019-C.D.) y su decreto reglamentario posterior (Decreto Nº 720/2020), los cuales establecen condiciones específicas para la aplicación de agroquímicos dentro del ejido urbano.


La Normativa Incumplida: Cortina Forestal y Camino de Inspección

La ordenanza, sancionada en 2020, busca mitigar los efectos nocivos de las aplicaciones de agroquímicos, que según estudios citados por los vecinos, son «muy grandes». El problema surge porque la ley provincial de agroquímicos «permite que las aplicaciones se hagan en contra de las viviendas,» lo que motivó la creación de una regulación local.

El Decreto N° 720/2020 (que reemplazó al N° 650/2020) reglamenta los artículos 2 y 12 de dicha ordenanza, estableciendo claramente las condiciones necesarias para que las aplicaciones puedan realizarse legalmente.

Estas condiciones incluyen:

  • Camino de Inspección: La obligación de establecer un camino de inspección de diez (10) metros de ancho inmediatamente después de la última vivienda.

  • Cortina Forestal: Una cortina forestal con un ancho mínimo de diez (10) metros y tres líneas de árboles, ubicada después del camino de inspección

  • Zona de Aplicación Cero: Una prohibición total de aplicación de productos químicos o biológicos de uso agropecuario en los cien (100) metros subsiguientes a la cortina forestal.

Los vecinos aseguran que ninguno de los productores ha cumplido hasta el momento con la construcción de la cortina forestal y el camino de inspección.


«Si la cortina no está, no se pueden realizar las aplicaciones»

La queja vecinal es contundente: el incumplimiento de estas condiciones implica que las fumigaciones no pueden llevarse a cabo. Un portavoz de los vecinos lo explicó con una analogía clara: es como un comerciante que no tiene luz de emergencia o matafuegos.

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«Hasta que no estén dadas las condiciones que establece la ordenanza con su anexo, no se pueden realizar las aplicaciones de agroquímico».

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Los vecinos indican que la ordenanza municipal, al establecer estos requisitos, funciona como un límite infranqueable. La falta de la cortina forestal y el camino de inspección significa que las aplicaciones están legalmente impedidas.


El Rol del Municipio

A pesar de la denuncia, el municipio de Río Tercero tiene conocimiento de la situación. Incluso, envía un ingeniero a fiscalizar las aplicaciones. El argumento de los vecinos es que, dado que el Municipio está al tanto de las condiciones no cumplidas, la fiscalización debería resultar en una negativa a la fumigación hasta que se cumplan la cortina forestal y el camino de inspección.

«El municipio… no puede permitir que se hagan las aplicaciones hasta que no estén dadas las condiciones».

Los vecinos están exigiendo a las autoridades municipales que se actúe con firmeza y se cumpla estrictamente la legislación local, defendiendo así la salud y la seguridad de los habitantes ante la cercanía de los agroquímicos, explican al cronista el ánimo de los vecinos del lugar.

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