Río Tercero: juzgaron a una pareja por hurtos en Villa General Belgrano y condenaron a un hombre por agresiones en Hernando


Condenaron a una pareja por robos con ganzúas en Villa General Belgrano
En el primer proceso, presidido por el vocal José Argüello, se sustanció la causa caratulada “Britos, José Emmanuel; Figueroa, Fernando Nicolás y Guzmán, Karen Tania p.ss.aa. Hurto Calificado y etc.”.
Tras el reconocimiento de los hechos por parte de los imputados y la ratificación del acuerdo entre la defensa, a cargo de Alberto Tello, y la Fiscalía de Cámara, el tribunal dictó sentencia contra dos de los acusados.
José Emmanuel Britos (32): fue sentenciado a la pena de 2 años y 6 meses de prisión de cumplimiento efectivo, además de ser declarado reincidente. Se lo halló autor del delito de hurto calificado por el uso de llave falsa o ganzúa y coautor de otro hecho bajo la misma calificación legal, perpetrados el 24 de enero y el 14 de febrero de 2026 en Villa General Belgrano.
Karen Tania Guzmán (30): recibió una condena de 1 año y 4 meses de prisión tras ser considerada coautora del hecho cometido el 14 de febrero de 2026.
Respecto al tercer imputado en el expediente, Fernando Nicolás Figueroa, sindicado también como coautor del segundo ilícito, no pudo comparecer ni ser juzgado debido a que permanece privado de su libertad en la provincia de La Pampa por otra causa penal.

Tres años de prisión condicional por violencia de género en Hernando
En una segunda audiencia, encabezada por el magistrado Marcelo Ramognino, se homologó el acuerdo abreviado en los autos “Vega, Lisandro Agustín p.s.a. Amenazas y etc.”, donde el imputado de 32 años estuvo asistido por el letrado particular Iván Rivarola.
Luego de la confesión de Vega, el Tribunal lo declaró autor penalmente responsable de:
Amenazas
Desobediencia a la autoridad reiterada (dos hechos)
Violación de domicilio
Daño
Lesiones leves calificadas por el vínculo y por mediar violencia de género
Los hechos juzgados se consumaron en la localidad de Hernando los días 26 de marzo, 26 de julio y 10 de agosto de 2026, todos desarrollados en un marco de violencia familiar y de género.
Ante esto, la Cámara le impuso una pena de 3 años de prisión de ejecución condicional, sujeta al cumplimiento de las pautas y reglas de conducta de rigor que fija la ley para este tipo de modalidades de cumplimiento.




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