CONDENAN A MÁS DE 3 AÑOS DE PRISIÓN A UN HOMBRE DE 62 AÑOS POR ABUSO SEXUAL AGRAVADO EN VILLA DEL DIQUE

JUDICIALES / El imputado fue hallado culpable de un delito cometido bajo la calidad de guardador contra una menor de edad.

En la jornada de este martes, la Cámara en lo Criminal y Correccional de Río Tercero puso fin a un desgarrador proceso judicial al dictar sentencia en los autos caratulados “P., J.O. p.s.a. Abuso Sexual Agravado por la Calidad de Guardador”.
 
El tribunal impuso una pena de 3 años y 8 meses de prisión efectiva para el encartado, un hombre de 62 años.
JUDICIALES05 de agosto de 2026Tito DagorretTito Dagorret
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IMAGEN ILUSTRATIVA. El imputado fue hallado culpable de un delito cometido bajo la calidad de guardador contra una menor de edad. 

En la jornada de este martes, la Cámara en lo Criminal y Correccional de Río Tercero puso fin a un desgarrador proceso judicial al dictar sentencia en los autos caratulados “P., J.O. p.s.a. Abuso Sexual Agravado por la Calidad de Guardador”.

El tribunal impuso una pena de 3 años y 8 meses de prisión efectiva para el encartado, un hombre de 62 años.

El debate oral y público, que culminó con los alegatos y la lectura del veredicto, estuvo bajo la presidencia del juez José Argüello, contando con la asistencia en sala del secretario Leonardo Galanti.

La acusación estuvo a cargo del fiscal de Cámara, Gustavo Martin, mientras que los intereses de la víctima menor de edad fueron representados por el defensor público Daniel Apóstolo Barbieri en su calidad de representante complementario de la niña. 

Por su parte, el imputado ejerció su defensa técnica asistido por los letrados Franco Garbarino y Santiago Baulán.

LOS DETALLES DEL CASO Y EL FALLO JUDICIAL
De acuerdo con los elementos probatorios ventilados a lo largo del juicio, el grave ilícito se perpetró en la localidad de Villa del Dique en un periodo determinable ubicado entre el 26 de abril de 2024 y el 30 de septiembre de 2024.

El tribunal consideró acreditado que el acusado abusó de su posición de confianza y guarda sobre la víctima para cometer el delito.

PROTECCIÓN ESTRICTA DE LA IDENTIDAD
Por estrictas disposiciones legales orientadas a preservar el interés superior del niño y evitar revictimización o la identificación indirecta de la víctima menor de edad, el tribunal ordenó la reserva absoluta de los datos filiatorios completos y la publicación únicamente de las iniciales del condenado.

Con la lectura de la sentencia, se cierran las etapas procesales principales de este proceso en la sede tribunalicia local, marcando un fuerte precedente en la órbita de la circunscripción judicial de Río
Tercero en materia de delitos contra la integridad sexual intrafamiliar o bajo vínculo de guarda.

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