Cámara del crimen: delitos de género y un femicidio que termina en Perpetua

CÁMARA DEL CRIMEN / En una seguidilla de audiencias que marcan un fuerte precedente contra la violencia contra las mujeres en la región, la Cámara en lo Criminal y Correccional de Río Tercero dictó sentencias clave que incluyen una prisión perpetua, condenas por abuso sexual y reincidencias por amenazas.
General08 de marzo de 2026Tito DagorretTito Dagorret
TRIBUNALES DE RIO TERCERO
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Perpetua para el femicida de Los Reartes

El fallo más contundente recayó sobre Adrián Norberto Pérez (57). En un juicio abreviado presidido por el Dr. Marcelo Ramognino, Pérez reconoció ser el autor del crimen que conmocionó a Los Reartes el pasado 15 de abril de 2025.

El tribunal lo condenó a Prisión Perpetua tras hallarlo culpable de:

  • Homicidio Calificado por el Vínculo y por Género (Femicidio).
  • Amenazas y Tenencia Ilegal de Arma de Fuego.

La audiencia contó con la presencia de la Querellante Particular, representada por el Defensor Público Daniel Apóstolo Barbieri, cerrando así un capítulo de horror con la pena máxima prevista en el Código Penal.


Abuso sexual: Seis años de prisión para Ezequiel Krevs

En la misma jornada, el tribunal condenó a Ezequiel Carlos Krevs (39) a la pena de 6 años y 10 meses de prisión.

Tras el debate oral y los alegatos presentados por el fiscal Gustavo Martin, se determinó su responsabilidad en hechos de Abuso Sexual con Acceso Carnal, además de Daño y Desobediencia a la Autoridad. Los delitos se produjeron en un extenso periodo que abarcó desde 2016 hasta finales de 2024 en la ciudad de Río Tercero.


Violencia Intrafamiliar: 4 años y medio de cárcel para un reincidente

Previamente, la Dra. Guarania Barbero encabezó el juicio contra Walter Darío Fernández (37). En este caso, el imputado admitió su culpabilidad en hechos de Amenazas Calificadas, Desobediencia y Coacción ocurridos en mayo de 2025 bajo un contexto de violencia de género.

Debido a sus antecedentes, el tribunal:

  1. Dictó una pena de 2 años por los nuevos hechos.
  2. Declaró la reincidencia.
  3. Unificó la condena con una sentencia previa, resultando en una pena única de 4 años y 6 meses de prisión efectiva.

Nota: Estas sentencias refuerzan la línea judicial de tolerancia cero ante delitos que vulneran la integridad física y psicológica de las mujeres en el departamento Tercero Arriba y Calamuchita.

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